La empresa por lo menos una vez al año fiscalmente, o cuantas sean necesarias, normalmente una vez al mes, contablemente, tendrá que hacer el asiento de regularización, es decir conocer el resultado del ejercicio. Este resultado lo vamos a conocer "enfrentando", o dicho de otra manera, por diferencia entre las cuentas del grupo (6) y las cuentas del grupo (7). Las cuentas del grupo (6) son las cuentas de compras y gastos y las cuentas del grupo (7) son las cuentas de ventas e ingresos. Es decir que este asiento lo que va a hacer es la diferencia entre los ingresos y los gastos del ejercicio que vamos a regularizar.
Observación: No tenemos que confundir regularizar o calcular el resultado del ejercicio con cerrar este, son dos cosas distintas y que requieren un tratamiento contable totalmente diferente. El cierre del ejercicio será objeto de otra entrada en este blog, más adelante.
Durante todo el ejercicio, en el transcurso normal de la contabilidad hemos ido contabilizando como gastos y como ingresos aquellas partidas que el plan general de contabilidad nos dice que son así, aunque a veces sabemos que puede haber diferentes criterios, tal y como vimos con la contabilización del material de oficina.
Una vez que hemos pasado a lenguaje contable todos los documentos que tenemos que asentar, incluida la variación de existencias, nos van a quedar una serie de mayores, los de las cuentas del grupo (6), que normalmente presentarán un saldo deudor, y las cuentas del grupo (7) que casi siempre tendrán saldo acreedor, que tenemos que cerrar, es decir UNA VEZ HECHO EL ASIENTO DE REGULARIZACIÓN, TODAS LAS CUENTAS DEL GRUPO (6) Y GRUPO (7), SE QUEDARÁN CON SALDO 0, ES DECIR SALDADAS. Si esto no fuese así algo hemos hecho mal.
Vamos a poner un ejemplo de un libro mayor muy sencillo:
Tal y como hemos dicho la cuenta de compras vemos que tiene un saldo deudor y la cuenta de ventas tiene un saldo acreedor. Ahora procedemos a hacer el asiento de regularización que consiste en lo siguiente:
- Cogemos todas las cuentas del grupo (7), y las ponemos al debe. Mucho ojo con las cuentas (606), (608) y (609), que son cuentas de ingresos y deberemos ponerlas al debe también.
- Cogemos todas las cuentas del grupo (6), y las ponemos al haber. Mucho ojo con las cuentas (706), (708) y (709), que son cuentas de gastos y debemos ponerlas al haber.
- Las cuentas que tengan saldo 0, podemos ponerlas o no, pero es conveniente ponerlas, salvo que la cuenta no haya sido abierta, que entonces no nos da ninguna información. No olvidemos nunca este detalle, estamos hablando de contabilidad y no de matemáticas, en contabilidad un saldo 0 es importante. La contabilidad nos da información y perderíamos esa información sino ponemos cuentas que han tenido movimientos aunque el saldo sea 0.
- Una vez hecho lo anterior, llevamos todas las cuentas del grupo (7) a la cuenta (129)(*), cuenta de Neto, y que nos va a dar el saldo el resultado del ejercicio. La cuenta (129) es llamada resultado del ejercicio.
- Ahora llevamos todas las cuentas del grupo (6) a la cuenta (129) también.
-Una vez hecho este asiento, que se puede hacer en dos asientos o en uno solo, si lo hacemos en uno solo pondremos la cuenta (129) en el debe o haber según sea la suma del debe y el haber, las cuentas del grupo (6) quedarán saldadas y las cuentas del grupo (7) también y hemos traspasado el saldo a la cuenta (129) que quedará con saldo deudor, acreedor o cero.
- Si la cuenta (129) presenta saldo acreedor la empresa ha obtenido beneficios, si la cuenta (129) presenta saldo deudor hemos tenido pérdidas, y si el saldo es cero no hemos ganado ni perdido.
(129) Rdo del ejercicio 21XX
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En el ejemplo que vemos arriba el debe de la cuenta (129) suma 10.000, y el haber de la cuenta (129) suma 800, esto nos da un saldo deudor de 9.200 € que serán pérdidas en ese ejercicio.
(*)Definición:
Resultados, positivos o negativos, del último ejercicio
cerrado, pendientes de aplicación.
Cuentas relacionadas:
121. Resultados negativos de ejercicios anteriores.
Movimientos al Debe
Se cargará:
* Para determinar el resultado del ejercicio, con abono a
las cuentas de los grupos 6 y 7 que presenten al final del ejercicio saldo
deudor.
* Cuando se aplique el resultado positivo conforme al
acuerdo de distribución del resultado, con abono a las cuentas que
correspondan.
Movimientos al Haber
Se abonará:
* Para determinar el resultado del ejercicio, con cargo a
las cuentas de los grupos 6 y 7 que presenten al final del ejercicio saldo
acreedor.