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jueves, 26 de enero de 2017

CÓMO CONTABILIZAR LA VENTA DE INMOVILIZADO



         Las empresas normalmente tienen un inmovilizado ya sea tangible o intangible, y a lo largo de la vida de la empresa puede ser que aunque no sea su actividad habitual, si fuera su actividad comercial estaríamos hablando de otra cosa, quieran desprenderse de ese inmovilizado que en su día compraron. Un ejemplo puede ser un terreno que la empresa compró en su día para ampliar la empresa, la ampliación no se llevó a cabo o se hizo en otro sitio y la empresa viendo que puede sacar unas plusvalías importantes de la venta de ese terreno quiere desprenderse de él. Otras veces puede ser que las operaciones de venta de inmovilizado no nos den beneficios, sino que estas nos den pérdidas y como tal habrá que contabilizarlas.

"En este grupo se integran los activos “estructurales” de la empresa, esto es, aquellos activos que por sus características no son consumidos en un ciclo productivo o ejercicio económico. Así en dicho grupo contabilizaremos el inmovilizado tanto material como inmaterial de la sociedad, distinguiendo entre se valor de alta en balance y las posibles depreciaciones o pérdidas de valor que haya podido sufrir como consecuencia del uso o del paso del tiempo."

Por último decir, que los elementos del inmovilizado sufren el paso del tiempo, la depreciación física o la obsolescencia; con lo cual habrá que amortizarlos como ya indicamos en esta entrada.





CONTABILIZACIÓN DE LA VENTA DEL INMOVILIZADO

Antes de entrar en la contabilización de la venta del inmovilizado hay que tener claro el concepto de VALOR NETO CONTABLE.  El valor neto contable es el precio de adquisición minorado por la amortización acumulada y cualquier otra depreciación que pudiera haber. 

Es decir, VNC = P.A. - AA - DETERIOROS DE VALOR

Cómo ya hemos indicado anteriormente podemos encontrarnos dos casos, que haya pérdidas o que haya beneficios, ya que compararemos ese VNC con el precio de venta. 

Venta del inmovilizado con beneficio.

Las cuentas para recoger el resultado cuando represente beneficio son las siguientes:
§  770. Beneficios procedentes de inmovilizado inmaterial
§  771. Beneficios procedentes de inmovilizado material
§  772. Beneficios procedentes de las inversiones inmobiliarias


La empresa Blog, S.A. vende un inmovilizado material:

Precio de adquisición: 200.000 €
Precio de venta: 180.000 €
El cobro se realiza por bancos con ingreso en cuenta.
Amortización acumulada hasta la fecha de la venta: 50.000 €
No existen deterioros de valor.


                                         180.000 (572) Bancos
                                           50.000 (281) Amort. Acum. I. M. 

                                                              @ (21x) Inmovilizado Material 200.000
                                                              @ (770) Bº del I. M.           30.000



Como podemos observar, hay que dar de baja la amortización acumulada hasta la fecha de la venta, hay que dar de baja el inmovilizado material de nuestra contabilidad y habría que dar de baja algún deterioro si este existiera. 

Como vemos el VNC es de 150.000 y el precio de venta es de 180.000, eso hace que haya una plusvalía de 30.000 que se contabiliza en la cuenta (770) Beneficios procedentes del inmovilizado material.

En caso de que la venta no la cobremos al contado y sea por medio de un crédito a largo plazo (más de un año) tendríamos que utilizar el método del coste amortizado. 





Venta del inmovilizado con pérdidas


Las siguientes cuentas se utilizan para recoger el resultado cuando represente pérdida:
§  670. Pérdidas procedentes de inmovilizado inmaterial
§  671. Pérdidas procedentes de inmovilizado material
§  672. Pérdidas procedentes de las inv. inmobiliarias.


La empresa Blog, S.A. vende un inmovilizado material:

Precio de adquisición: 200.000 €
Precio de venta: 180.000 €
El cobro se realiza por bancos con ingreso en cuenta.
Amortización acumulada hasta la fecha de la venta: 5.000 €
No existen deterioros de valor.


                                        180.000 (572) Bancos
                                            5.000 (281) Amort. Acum. I. M. 

                                                                  @ (670) Pérdidas p. del I. M.     15.000
                                                                 @ (21x) Inmovilizado Material 200.000
                           

La mecánica es la misma que en el asiento de venta con beneficios. 


Esperemos que os sirva. Si os ha gustado la entrada, quizá te animes a seguir mi blog. 




viernes, 3 de mayo de 2013

Amortización de activos. Tratamiento contable.

La amortización la podemos definir como la depreciación de valor que sufren los elementos del activo de la empresa. Dicha depreciación puede estar provocada por tres causas principales:

a) Por el transcurso del tiempo. Por el propio transcurso del tiempo los elementos del activo, pierden valor. Ejemplo: Una furgoneta que la empresa compra y no la utiliza, aunque no la utilice conforme va pasando el tiempo, esa furgoneta tendrá un valor menor de mercado.

b) Por el uso del elemento. El uso que se hace de los elementos del activo, hace que vayan perdiendo valor, por el desgaste físico que van sufriendo. Ejemplo: La furgoneta de antes, se utiliza bastante en la empresa y cuando tiene 3 años lleva 200.000 kilómetros, evidentemente al llevar ese kilometraje habrá perdido más valor que una furgoneta con 3 años y un kilometraje "normal"

c) Por la obsolescencia. Los elementos del activo de la empresa pierden valor al quedarse obsoletos, aunque estén en perfectas condiciones de funcionamiento. Ejemplo: Un ordenador, conforme pasa el tiempo pierde valor, no porque no funcione correctamente, sino porque no se le podrán instalar los últimos programas que haya en ese momento en el mercado.

Evidentemente, cuando ocurra cualquiera de las tres causas antes nombradas y la empresa tenga que hacer frente a la renovación de cualquier elemento del activo, para continuar su actividad productiva, si la empresa no hubiera previsto la pérdida de valor que poco a poco van sufriendo los elementos del activo, quizá no pudiera hacer frente a la renovación de los elementos, y no podrá seguir con su actividad.
Para evitar que la empresa en un momento determinado no pueda hacer frente a dicha renovación, en la contabilidad, se van a ir realizando una serie de asientos que van a representar la pérdida de valor que van a sufrir los elementos del activo. A estos asientos, que normalmente se hacen a final de año, o a final de cada mes, lo vamos a llamar la amortización.

Con las amortizaciones, los costes de hacer una inversión, se van dividiendo entre todos los años de uso de esa inversión. De esta manera cuando llegue el momento de renovar el elemento que se ha depreciado y que ya no sigue funcionando tendremos una especie de "reserva" como una "hucha" para hacer frente a la renovación del elemento, y la empresa no se descapitalizará, que es uno de los riesgos que puede ocurrir, sino reflejamos en la contabilidad esta pérdida de valor.

Las amortizaciones se puede realizar por dos métodos contables:

a) La amortización directa. En la cual se va dando de baja directamente el elemento del activo. Este método actualmente no se utiliza en el PGC.
b) El método indirecto. En el cual se utilizan unas cuentas compensadoras de activo, que aparecerán en el activo del balance de la empresa restando. Este método es el que vamos a utilizar para el ejemplo de abajo, ya que es el método aceptado actualmente.

Para contabilizar la amortización vamos a utilizar las cuentas (680) (681) (682) y (280) (281) (282)


680. Amortización del inmovilizado intangible
681. Amortización del inmovilizado material
682. Amortización de las inversiones inmobiliarias

280. Amortización acumulada del inmovilizado intangible
281. Amortización acumulada del inmovilizado material
282. Amortización acumulada de las inversiones inmobiliarias






Vamos a ver un ejemplo: (prescindimos del IVA por cuestiones prácticas)

(Para realizar este ejemplo, vamos a hacerlo con la amortización lineal, que consiste en dividir el precio de compra menos el valor residual, dividido por el número de años que el elemento vaya a estar en uso) ( Los diferentes métodos de cálculo de las amortizaciones los veremos en otra entrada )

Una empresa compra una máquina que le cuesta 11.000 €, y que tiene un valor residual de 1.000 € ( el valor residual es el precio que nos darán cuando la máquina no funcione, bien por chatarra, por peso... etc ), la duración estimada de la máquina es de 10 años, y al cabo de ese tiempo habrá que renovarla, haciendo frente a la compra de una nueva para que el proceso productivo pueda seguir su curso.


1) Calculamos la amortización anual

(11.000 - 1.000) / 10 = 1.000 €              Tendremos que amortizar 1.000 € al final de cada año.

2)  Realizamos el asiento de compra de la máquina


                                         11.000 (213) Maquinaria

                                                                     @  (173) Proveedores de inmov. a l/p  11.000


3) Al final de año hacemos los asientos de la amortización.


                                              1.000 (68X) Amortización del...

                                                                     @ (28X) Amortización acumulada del...   1.000


Este asiento lo haremos al final de todos los años, y durante 10 años, de esta manera hemos estado metiendo un gasto (6) de 1.000 € todos los años que representa la pérdida de valor que paulatinamente va sufriendo el elemento, al final de los 10 años tendremos una cuenta (28X) con un saldo acreedor por 10.000 €, que junto con el valor residual, podremos abordar la compra de la nueva máquina.


Al ser considerada la amortización un gasto, evidentemente va a afectar a los resultados de la empresa y al impuesto de sociedades, concretamente generando unas diferencias temporarias, según tablas de amortización de hacienda. Pero esto como contables no tiene que condicionarnos, ya que la amortización contable es libre, pero mucho ojo, la amortización fiscal no lo es, existen unas tablas de amortizaciones máximas publicadas por hacienda, y ahí si que tendremos que tener cuidado, al contabilizar el impuesto de sociedades. 

Legislación:

Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.